Por ello, habiendo dictaminado el Señor Procurador General, se confirma la sentencia apelada en cuanto pudo ser materia de recurso extraordinario.
ApoLro R. GAsrierti — ABerampo F. Rossr — Césan Bracx.
CAJA MUTUAL DE AYUDA entre FERROVIARIOS JUBILADOS y ACTIVOS
v. ASOCIACION ESPAÑOLA DE SOCORROS MUTUOS RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no jederales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Costas y honorarios, Si bien conforme con reiterada jurisprudencia de la Corte, lo atínente a los honorarios regulados en las instancias ordinarias constituye matería ajena al recurso extraordinario, este principio admite excepción cuando lo decidido no responde a un fundamento acorde con la seriedad y extensión de las articulaciones de las partes (:).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.
Corresponde dejar sin efecto la regulación efectuada en favor de un perito contador que establecida en un monto en primera instancia —sin electuar cita legal alguna—, fue confirmada por la Cámara con remisión a la ley 6767 de la Provincia de Santa Fe, sin hacerse cargo de lo: argumentos vertidos por aquél en su expresión de agravios, atinentes a la aplicabilidad al sub lite de la ley arancelaria vigente en el lugar en donde se realizó el trabajo (Régimen arancelario para los profesores de Ciencias Económicas, ley 16.638), y al mínimo que según ésta le correspondería.
1) 23 de febrero. Fallos: 298:565 ,
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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:147
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