DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD COMUN.
Por tratarse de una figura de las llamadas "de peligro" el apartado tercero del art. 189 bís del Código Penal no contiene una exigencia subjetiva específica como la que integra el tipo acuñado por el primer apar tado, pero mantiene subsistente, en lo demás, las características de aquél y, entre ellas, la exigencia objetiva de punibilidad de que dicha tenencia puede surgir un riesgo para la seguridad común, pero para la determina ción concreta de qué es lo que en definitiva resulta peligroso en el sentido indicado ha de tenerse en cuenta lo que se desprenda de la ley 20.429 de armas y explosivos y de su reglamentación.
DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD COMUN,
Teniendo en cuenta lo dispuesto en la ley 20429 y el decreto 26.028 del 20/12/51, vigente (decreto 4693/73), corresponde interpretar que el artículo 189 bis del Código Penal será aplicable a la simple tenencia de armas de guerra y a la de cualquier otro de los materiales descriptos en el apartado primero, en cuanto entrañe un peligro para la seguridad común.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Exclusión de las cuestiones de hecho. Varias.
El criterio seguido por el a quo para establecer si la tenencia de materíales pirotécnicos de esparcimiento no compromete la seguridad común a los fines de la aplicación del art. 189 his del Código Penal—, remite al análisis de temas de hecho y prueba cuyo conocimiento es ajeno a la jurisdicción extraordinaria de la Corte, salvo que se invoque y demuestre que el magistrado ha incurrido en manifiesto apartamiento de la legislación aplicable o de las constancias de la causa.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata resolvió que no se había configurado el delito de tenencia de explosivos, por lo que dejó sin efecto el procesamiento y ordenó remitir las actuaciones al Ministerio de Defensa de la Nación, de acuerdo con la ley 20.429.
El Procurador Fiscal ante la Cámara se agravia de tal decisión, pues considera que la acción se adecua al tipo previsto en el art.
159 bis 3? párrafo del Código Penal.
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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:141
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