ra bien, el dinero depositado en el Banco no está puesto 4 mi cargo, cuidado y responsabilidad ; y miéntras esto no me sea permitido se me traba el libre ejercicio de las facultades que me acuerda el tratado.
La comparacion que el fiscal hace entre el albacea dativo y los curadores nombrados por el Consulado Inglés no es exacta.
Aquellos no deben suexistencia á ley alguna y estos la deben á un tratado solemne.—Los albaceas dativos á semejanza de los testamentarios no tienen por lo general, la administracion de los bienes, segun las leyes del título 10, Part. 6, miéntras que los curadores ingleses deben encargarse de las propiedades del finado. Losmismos albaceas testamentarios carecen en general de la facultad de demandar judicialmente los bienes del muerto para cumplir sus mandas, segun la ley 4 del mismo títule y partida citada, miéntras que los curadores ingleses tienen siempre el derecho de hacerlo segun el texto del art. 13.—Y aun cuando los curadores ingleses se consideraran como los albaceas dativos, cuyas facultades se regulan por las de los testamentarios que tan ampliadas han sido en la práctica, no podria negárseme la entrega del dinero, pues el artículo 13 del tratado seria cuando menos equivalente á la cláusula testamentaria que facultaal albacea á pedir la entrega judicial de los bienes.
El agente fiscal apela á la inteligencia del art. 13 por la jurisprudencia constante de los tribunales, y por el decreto de 19 de Noviembre del 62; pero yo apelo á lo mismo para mostrar el error de aquel funcionario. En las testamentarías de Nagh y Morrison se reconoció por todes los tribunales, que el tratado acordaba 4 los curadores la administracion de los bienes, A estos casos agrego los publicados en los números 45 y siguientes del «Judicial,» miéntras que el fiscal no ha podido citar uno solo en contra.
Las disposiciones del mencionado decreto son contfa producentem, aun cuando fueran obligatorias para los tribunales. Tal decreto no ha tenido por objeto fijar la inteligencia de los tratados conlas potencias estranjeras en materia de ab intestado, y lejos de eso, reconoce en su art. 14 que hay naciones á las cuales sus
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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:46
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