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Fallos: 3:43 de la CSJN Argentina - Año: 1866

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CAUSA CXXV.
Juan T. Foz, como curador de la sucesion Wheeler, en apelacion contra un auto de la Exma Cámara de justicia de Buenos Aires, sobre fianza, Sumario :—19 El nombramiento de curador en las sucesiones intestadas de los súbditos ingleses que fallecen en la República Argentina previsto por el tratado del año de 1825 entre ésta y la Gran Bretaña, debe verificarse solo en el caso de no existir herederos legítimos que sean ciudadanos argentinos y residan enla República.

20 El curador nombrado no tiene derecho por el:dicho tratado deretener la administracion desde que consta la existencia de tales herederos.

30 Pero puede continuar en el desempeño de ese cargo con consentimiento de los jueces de la Testamentaría.

40 En ese caso pueden dichos jueces imponerle la obligacion de afianzar su administracion, sin que este afecte las estipulaciones del tratado.

Caso :—Muerto el intestado Bon Manuel Wheeler, súbdito in= glés, en el partido de Navarro, el 15 de Febrero de 1865, el Cónsul de S. M. Británica, el Sr. Parish, nombró curador de los bienes del referido Wheeler á Don Juan Tabor Fox, con fecha 19 de Marzo del 65.

En el curso de los autos testamentarios se confeccionó el inventario y tasacion de los bienes, se presentó el certificado de matrimonio entre Wheeler y Da. Ana M. Clyment, la partida de bautismo de sus hijos Guillermo José y Ana Florencia Wheeler nacidos en esta provincia, y la de la muerte de aquel, dado todo por mandato del Juez dela causa. Se discernió el cargo de

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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:43 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-3/pagina-43

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