Consideraron:
Que atento la forma irregular en que han funcionado las oficinas judiciales en esta Capital con motivo de hechos que son del dominio público, el día 26 del corriente mes, con la consiguiente inseguridad procesal y los inconvenientes que de ello se derivan, corresponde atender a relterados pedidos de profesionales al respecto, Acordaron:
19) Declarar que quedan suspendidos los términos judiciales en los Tribunales Nacionales y Federales de la Capital Federal el día viemes 28 del corriente mes y año, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos que no hubiesen sido actuados en rebeldia.
2) Autorizar a las Cámaras Federales de las jurisdicciones donde hubiesen ocurrido similares perturbaciones para dictar aniloga medida.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Acustín Diaz Biaer — Hicrton MasvaTra — Ricanoo Levese (1). Carlos María Bravo (Secretario).
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Año: 1975, CSJN Fallos: 292:446
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