Por lo expuesto, y lo dictaminado por el Señor Procurador General, se declara que el Sr. Juez Nacional en lo Criminal de Instrucción debe seguir conociendo de esta causa, que sc le remitirá, Hágase saber al Sr.
Juez Nacional en lo Criminal y Correccional Federal.
MicueL Ancer Bencarrz — Acustín Díaz Biaer — MANUEL Anauz Castex — EnNESTO A, ConvaLÁN Nancrares — Hécton MasNATTA.
ANTONIO JOSE SCIGLIANO y Ono CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.
Lo dispuesto en el art. 521 del Código de Procedimientos en lo Criminal (texto según decreto-ley 2021/63), no viola la garantía constitucional de la defensa en juicio (').
BRONSZTEIN HERMANOS
IMPUESTO A LAS VENTAS.
El proceso realizado para obtener la Fibra de lechuguilla de la hoja de agave es necesario para la conservación del producto en mi estado natuml o acondicionamiento y, por tanto, resulta aplicable la exención establecida en el art. 1, inc. a), de la Ley de Impuesto a las Ventas.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
El recurso extraordinario concedido a fs. 90 es procedente por hallarse en tela de juicio la inteligencia de disposiciones de carácter federal.
') 12 de junio. Fallos: 270:236 ,
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Año: 1975, CSJN Fallos: 292:123
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