AMELIA C. LEGUIZAMON br ELIAS v. MARCELO ELIAS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.
Las resoluciones dictadas en materia de fijación de cuota alimentaria no constituyen sentencia definitiva a los efectos del recurso extraordinario. Por lo demás, la apreciación de las circunstancias del caso y del mérito de las pmebas producidas, en orden a establecer si persiste el estado de necesidad a que se refiere el artículo 80 de la ley 2393, es facultad propia de los jueces de la causa (1).
FEDERACION DE OBREROS y EMPLEADOS TELEFONICOS DE 1a
REPUBLICA ARGENTINA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.
La decisión atinente a la existencia de vías legales para la tutela de los derechos invocados por medio del recurso de amparo, en tanto remite a los aspectos" procesales y de hecho de la causa, es insusceptible de revisión en la instancia extraordinaria.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.
No sustenta la tacha de arbitrariedad la alegada prescindencia de prueba instrumental juzgada decisiva para la solución de la causa si el tribunal a quo la ha valorado especificamente, aunque sin atribuirle la significación ni extraer las consecuencias que le asigna la apelante.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
Las alegaciones formuladas en el recurso extraordinario de fs. 146 del principal no demuestran, a mi juicio, que sea aplicable la doctrina excepcional de la Corte Suprema en materia de arbitrariedad.
Opino, por tanto, que corresponde rechazar la presente queja. Buenos Aires, 21 de diciembre de 1973. Enrique C. Petracchi.
') 13 de agosto. Fallos: 256:266 ; 264:204 ; 266:154 , 220.
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Año: 1974, CSJN Fallos: 289:231
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