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Fallos: 287:441 de la CSJN Argentina - Año: 1973

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 12 de diciembre de 1973, Autos y Vistos:

De acuerdo con lo dictaminado por el Sr, Procurador General y con lo resuelto por esta Corte en los casos que cita, se declara que el Señor Juez Nacional en lú Civil es el competente para conocer del juicio sucesorio de Tomás Salazar Ortiz. Remitansele los autos y hágase saber al Sr. Juez en lo Civil y Comercial de Mar del Plata.

MiGvEL AnceL BEnCArrz — Acustín Díaz Bisier — ManueL Anauz Castex — Hécton MasnArtra.


JOSE LUIS AGUIRRE
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia penal, Pluralidad de delitos.

De acuerdo con lo dispuesto por el inc. b) del art. 37 del Código de Proce.

dimientos en lo Criminal y tratindose de hechos conexos, correspande a la justicia en lo penal económico conocer del contrabando que se imputa al pfocesado y de la falsa demncia que éste atribuye a empleados de la Prefectura Naval Argentina.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Comptencia penal. Pluralidad de delitos.

En las hipótesis en las cuales no cabe dividir la continencia de la causa, la unificación no ha de hacerse sustrayendo al conocimiento del fuero penal económico los delitos federales que son de competencia especifica.


DICTAMEN DEL PROCURADOR CENERAL
Suprema Corte:

En la presente causa se investiga el presunto delito de contrabando, en grado de tentativa, que habría cometido el procesado José Luis Aguirre, Este, según resulta del acta de fs. 3, fue detenido en circunstancias en que introducía una caja en el baúl de un automotor de su propiedad, estacionado en la zona portuaria muy cerca del buque "Río Cincel", de

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Año: 1973, CSJN Fallos: 287:441 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-287/pagina-441

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