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Fallos: 286:253 de la CSJN Argentina - Año: 1973

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Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Macuzt Amour Bencarrs — Acustin Díaz Buzer — Manuez Anauz Castex — Enmesto A. Convanie Nancianes — Hác von Masnarra. Carlos María Bravo CSecretario).
SECRETARIO LETRADO DE LA CORTE SUPREMA. SE DISPONE QUE LOS

CHEQUES Y TRANSFERENCIAS DE FONDOS SEAN FIRMADOS POR UNO

DE ELLOS Y REFRENDADOS POR EL SUBSECRETARIO DEL TRIBUNAL

DR. ADOLFO J. PAZ
NI 83 En Buenos Aires, a los 28 días del mes de setiembre del año 1973, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presideme de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Miguel Angel Berguitz y los Señores Jueces Doctores Don Agusía Diaz Biales, Don Manuel Arzuz Castex, Don Emeno A. Corvilén Nanciares y Don Hécsor Mesnatia, Consideraron :

Que por Acordadas Nros. 51, 64 y 80 se resolvió que, en lo micesivo, los cheques judiciales y oficios de tramderencia de fondos que no excedan de un mil pesos ($ 1.000), serán firmados por un Secretario Letrado de esta Corte Suprema.

Que es de manifiesta conveniencia que la referidos imtrumentos wan refrendados por otro funcionario del Tribunal, teniendo en cuenta la responsabilidad propia de tales actos.

Resolvieron:

1") Los cheques y transferencias de fondos a que se refiere la Acordada N° 80/73 serán firmados, en lo sucesivo, por un Secretario Letrado de la Corte y refrendado por " el Subsecretario Dr. Adolfo J. Paz.

2") En como de licencia o enfermedad del funcionario indicado ameriormente, será reemplazado por quien designe el Presideme del Tribunal en cada oportunidad.

Todo lo cual dispasieron y manderon, ordenando se comunicase y regitrme en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Macuzz Ancar Buscar — Acuerio Díaz Buesy — Manus Anaus Corren — Enero A. Convarán Nancianes — Hácvon Masnarra. Corlos Moría Bravo (Secretario).

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Año: 1973, CSJN Fallos: 286:253 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-286/pagina-253

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