económicamente libre y políticamente soberana", la fue retirada con posterioridad al 16 de setiembre de 1955. " Que, cunstituvendo esa levemda la expresión de un sentimiento nacional, Revilvieron Disponer que sea nuevamente colocada en el Palacio de Justicia, en el mismo lugar y forma en que se hallaba, la leyermda "Una Nación socialmente justa, económicamente L libre y políticamente soberana", Tudo lo cual dispusieron y mandaron, vrdenando se comunicase y registra en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Misuri Ascer Bengarre — Actstix Diaz Brarer — Masuer Arauz Castex — Envisto A. Convarás Nancrares — HécTe Masarra — Esmeue C. Prrmaccin, Ricardo ). Brea CSecretario), —
REGLAMENTO PARA LA JUSTICIA NACIONAL, SE ACLARA QUE LA INHA
BILIDAD POR PARENTESCO —ART. 12, "IN FINE"-, NO COMPRENDE A
LOS SECRETARIOS PRIVADOS DEL SEÑOR PRESIDENTE Y SESORES JUE
CES DEL TRIBUNAL Y DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL DE LA NACION
Na — En Buenos Aires, a hs 13 días del mes de junio del año 1973, reunidos en la Sala de Acuerdo del Tribunal el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ductor Don Miguel Angel Bercaitz y los Señores Jueces Dictores Don Agustín Diaz Bialet, Don Manuel Arauz Castex, Don Emesto A. Corvalán Nanciares y Do Elcctor Manatta, con asistencia del Señor Procurador General de la Nación Doctor Don Enrique €. Pesracchi, Consideraron ñ La indole de las funciones de los secretarios privados del Señor Presidente, de los Señores Jueces del Tribunal y del Señor Procurador General de la Nación.
Resolvierun:
Aclarar que lo resuelto en el punto 45, "in fine", de la acurdada del 3 de marzo de 1958 Fallos: 240:197 ) respecto de la inhabilidad por paremesco establecida en el art. 12, "in fine", del Reglamento pra la Justicia Nacional, mo comprende a los se cretarios privados del Señor Presidente y de los Señores Jueces de la Corte Suprema y del Señor Procurador General de la Nación.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Micuer Asort Bencarre — Acustix Diaz Baer — Masurt Anauz Casrex — Envesto A. Convaris Nancianes — Hécvon Masvarra - Enmeur C. Pernaccin, Riccrdo ). Brea (Secretario).
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Año: 1973, CSJN Fallos: 286:10
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