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Fallos: 285:320 de la CSJN Argentina - Año: 1973

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para que por quien corresponda se dicte nuevo fallo con arreglo a lo aquí resuelto Cart. 16, primera parte, de la ley 48).

Rosenro E. Cuure — Manco Aurecio Risoría — Luis Cantos Caurar — Mancanita Ancúas.

JUAN JOSE ROMERO y Ono RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Imierpretación de normas y actos locales en general.

La interpretación dada por el Superior Tribunal de Justicia de La Rioje a leyes jubilatorias locales es materia ajena a la instancia extraordinaria, especialmente en cuanto se refiere a cuál de ellas debe aplicarse al caso (').


OSCAR RICARDO DELFABRO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Cousas penales. Casos varios Corresponde a la justicia nacional en lo criminal de instrucción, y mo a la Cámara Federal en lo Penal de la Nación, conocer de la causa instruida por resiótencia a la autoridad, en la que resultó víctima un suboficial de la Policía Federal, quien actuó cumpliendo funciones eminentemente locales. o DiCTAMEN DEL Procunanor Generar Sustiruro Suprema Corte:

De estar a los términos de la denuncia de fs. 1, el hecho origen de la presente causa constituiría el delito de resistencia a la autoridad agravado Carts. 238 y 239 del Código Penal), que se habría consumado en esta ciudad en perjuicio del denunciante, sargento de la Policía Federal, cuando en ejercicio de sus funciones ordenó a una persona que compareciera ante él y aquélla, ahora procesada, resistiendo esa intimación le disparó con un arma de fuego.

) 25 de abril Fallos: 275:20 ; 276:40 ; 279:313 ; 282:200 , 423.

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Año: 1973, CSJN Fallos: 285:320 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-285/pagina-320

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