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Fallos: 280:246 de la CSJN Argentina - Año: 1971

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AGOSTO

JUZGADO FEDERAL N° 2 DE LA PLATA. FERIADO JUDICIAL

DEL DIA 16 DEL CORRIENTE,
En Buenos Aires, a los 4 días del mes de agosto del año 1971, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el Beñor Presidento de la Corte Buprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Eduardo A. Ortiz Hasualdo y los Beñores Jueces Doctores Don Roberto E. Chute, Don Marco Aurelio Risolía, Don Luis Carlos Cabral y Dofa Margarita Argúas, .

Consideraron:

Que conforme lo señala el Señor Juez Federal a cargo del Juzgado N' 2 de La Pista en su nota de fecha 20 de julio ppdo. obrante a fs, 1 del expediente de Buperintendencia u° 3.055/71, el día 16 del mes en curo se procederá a la desinfección del edificio vede de dicho Juzgudo, Que, jara posibilitar dicha tara, es necesario declarar feriado judicial —a los efectos proresales— el día mencionado en el considerando anterior.

Resolvieron:

Disponer —en ejercicio de la facultad establecida por el art. 2° del Reglamento para la Justicia Nacional— feriado judicial, u los efectos procesales, duranto el día 36 del corriente mes, para el Juzgado Federal de Primera Jnstascia N" 2 de La Plata.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando ve comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Envanzo A, Ouviz Bastarmo — Ro.

MEaro E, Cure — Manco Aurzno Rola — Lvig Cantos Casmal, — MancamrTs Antas. Jorge Arturo Peró (Secretario). "
JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO N' 2 DE LA

CAPITAL. FERIADO JUDICIAL DE LOS DIAS 11, 12 Y 13 DEL CORRIENTE.
En Buenos Aires, a los 9 días del mes de agusto del uño 1971, reunidos en la Mala de Acuerdos del Tribunal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicic de la Nación, Doctor Don Eduardo A. Ortiz Basualdo y los Señores Jueces Doctores Jon Roberto E Chute, Don Marco Aurelio Risolía, Don Luis Carlos Cabral y Doña Margarita Argúas Consideraron :

Que por Besolución N» 132/71 (expediente de Superintendencia u° 1534/70) esta Corte Huprema ha autorizado —por intermedio de la Dirección Administrativa y Con

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Año: 1971, CSJN Fallos: 280:246 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-280/pagina-246

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