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Fallos: 279:347 de la CSJN Argentina - Año: 1971

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de la línen telegráfica; e) declaración de Angel Fiorentino (fs.136 y 136 vta.) a cargo de la central Maipú de la Empresa actora; d) absolución de posiciones del Coronel Rodolfo Dietrich (fs.179), Interventor de la Empresa Nacional de Telecomunieaciones; £) peritaciones contable y técnica de fs, 46/50 y 91/04, respeetivamente, 6") Del conjunto de esas probanzas ha quedado acreditado que si es cierto que la Empresa setora no puede exhibir los planos del tendido del eable coaxil por imperio del deereto N° 9390/63, ellos son suministrados a quienes lo solicitan en forma oficial, y prueba de ello es que el Jefe del Departamento de Estudios y Proyectos de la Direeción de Vialidad Provincial cuenta con una carpeta con los planos de ese tendido "del eable conxil (fs, 165), Establecido lo que anteecde, adquiere relevancia particular como elemento de juicio de indudable importancia el eroquis de fs. 82 —eoineidente con el plano de fs. 76— que precisa la existeneia a 113 metros del lugar donde es'colocó el poste causante del de terioro del tubo N" 4, de un indicador de la curva que en ese sitio haco el tendido del cable eoaxil. Ante la falta de planos, Rogel, que dirigía los trabajos, hizo la consulta a Florentino, jefe de E.N.T.E.L, de la es tación Maipú, quien le hizo saber que al día siguiente a primera hora enviaría un grupo técnico para que con planos e instrumentos le marensen el recorrido.

7) Que esos antecedentes ponen de relieve que no es aceptable la explieación, dada por Rogel en el sentido de que procedió a colocar los postes porque seguía la línea existente, lo que a su juicio descartaba todo peligro. Ello así porque el indicador aludido imponía aetuar con la mayor prudencia, dado el paralelismo del enable y de la línea telegráfica y, además, y ello es fundamental para resolver este punto de la relación procesal, porque ante la manifestación del jefe de Entel en la estación Mripú, Rogel debió esperar la llegada del grupo téenico con los planos e instrumentos necesarios, anunciada para el dís siguiente a primera hora, Entel cumplió el compromiso asumido, pero el apresuramiento en colocar los postes, a pesar de todas lás cireunstarcias mencionadas, provoeó el daño cuya reparación se persigue. No puede argilirse tampoco demora por parte del personal de Entel, porque la avería se comprobó a las 7.50 horas del día 7 de junio, vale decir que no se esperó el tiempo suficiente para que los trabajos pudieran ejecutarse sin peligro para la estructura del eable conxil.

8) Que la conclusión precedente no se desvirtúa porque el cable se encuentre colocado a una profundidad de 1,20 metros, ni porque la envol

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Año: 1971, CSJN Fallos: 279:347 
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