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Fallos: 270:10 de la CSJN Argentina - Año: 1968

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 9 de febrero de 1938.

Vistos los autos: Ruiz Alor-<, Manuel =/ solicita carta de einelaedanía Considerando:

1 Que el reenrso extraordinario deducido por el Ministerio Público contra la decisión de la Cómara Federal de Córdobi es procedente por hallarse cuestionada la interpretación que eorresponde atribuir al art, 1:3 del decreto del 19 de diciembre de 1951, reglamentario de la ley :H6, frente a la promulgación del Acta y el Estatuto de la Revolución Argentina.

>) Que en cuanto al fondo del asunto, la resolución dictada por el Señor Secretario de Justicia con fecha 4 de noviembre de 1966 no importa el ejercicio de la facultad que acuerda al Poder Ejeentivo Nueional el art, 86, ine. 2, de la Constitución y exeedo el límite de las atribuciones que otorga a esa Seeretaría de Estado la ley 16956, En consecuencia, 10 es hábil para alterar lo dis- " puesto por el deereto del 19 de diciembre de 1931, que ha de considerarse vigente hasta que el Poder Ejeentivo Nacional, en uso de la facultad privativa que le acuerda el mencionado texto de la Constitución, modifique, si lo considera necesario, la norma reglamentaria por la que se establece la fórmula del juramento que deben prestar los extranjeros al obtener la carta de ciudadanía.

Por ello, se confirma la decisión de fs. 54 en lo que fue materia del recurso extraordinario interpuesto a fs. 56.

Evranco A. Orriz Basrario — RorenTO E. Cuere — Manco AURELIO Rimson.ía — Lets Cantos Carat, Cea disidencia) — José F. Bin.

Disivexcia Det. Señon Mixisruo Doctor Dos Ltis Cantos Canrar Consideramdo:

1 Que el reeurso deducido a fs. 56 es procedente porque el Sr. Fiscal de la Cámara Federal de Córdoba enestiona la inteligencia que corresponde atribuir al art. 15 del decreto de 19 de diciembre de 1931 —reglamentario de la ley de cindadanía 1° +46— dada la promulgación del Acta y el Estatuto de la Revolución,

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Año: 1968, CSJN Fallos: 270:10 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-270/pagina-10

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