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Fallos: 258:430 de la CSJN Argentina - Año: 1964

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TRANSPORTE AEREO.
1. El art. 26 de la Convención de Varsovia, similar al art, 143 del Código de s Aeronáutica, exizo, en los stipuestos de averías, la protesta formal del destinntatario, estableciendo ante la falta de dicha protesta, la inudmisibilidad de toda neción contra el transportador. Corresponde, por ello, revocar la sentencia que decide que las constancias de an acta reemplazan la protesta: ¡. 23,
TRANSPORTES DE BUENOS AIRES.
Ver: Contrato de trabajo, 1, 2: Recurso extraordinario, 23.

TRATADOS.
Ver: Recurso extraordinario, 51: Transporte néreo, 1.


TRIBUNAL DE TASACIONES.
Ver: Recurso extraordinario, 17.


TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION.
Ver: Recurso extreordinario, 30.

TRIBUNAL SUPERIOR.
Ver: Recurso extraordinario, 160,

TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS.
Ver: Constitución Nacional, 23: leenrso extraordinario, 2, 4, 164, 168; Servicio militar, 1.


TRIBUNALES DEL TRABAJO.
Ver: Constitución Nacional, 9; Jurisdicción y competencia, 9; lecurso extraordinario, 142.

TRIBUNALES EXTRANJEROS.
Ver: Exhorto, 3; Jurisdieción y competencia, 10, ,

TRIBUNALES PROVINCIALES.
Ver: Jurisdieción y eompetencia, 10; Reeurso extraordinario, 7S.

U .

USO.
Ver: Recurso extraordinario, 141.

USURPACIÓN.
Ver: Constitución Nacional, 27: Jurisdicción y competencia, 33; Recurso extraordinario, 59.

v

VALOR REAL.
Ver: Expropiación, 4, 7.

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Año: 1964, CSJN Fallos: 258:430 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-258/pagina-430

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