o FALLO DE LA CORTE SUPREMA - - Buenos Aires, 9 de mayo de 1962.
Vistos los autos: "López, Vicente Fidel s/ recurso de amparo", . Ns Considerando:
Lal 1) Que, conforme a constante jurisprudencia de esta Corte, la circunstancia de que el actor. haya podido utilizar vías legales ordinarias para hacer efectivo el derecho que pretende —en el caso, cobro de haberes atrasados y regularización de su pago -en el futuro en una relación de empleo público— es suficiente para decidir"la improcedencia del remedio excepcional constituído por " el amparo (Fallos: 247:718 ; 250:154 —sentencia de fecha 8-9-61 C. 1426 "Coronel, Alba Gloria y otras c/ Dirección Nacional del Servicio de Empleo s/ recurso de amparo" y otros; escrito de demanda fs. 5 vta.). —.
2") Que los supuestos perjuicios que se alegan por causa de la dilación de los procedimientos corrientes, no importan otra cosa que la situación común de toda persona que peticiona el reco nocimiento judicial de sus derechos (Fallos: 249:449 y sentencia del 28-3-62, B. 52, "Barzena, Baltazar, recurso de amparo"). .
3) Que, por lo demás, tampoco se ha demostrado en la causa que los hechos o actos que se denuncian lesionen directamente un derecho constitucional (Fallos: 250:276 , sentencia de fecha 29-9-61, O. 118, "Osuna, Fermín s/ acción de amparo") ni la negligencia o incuria de la Administración en la contestación "de los informes judiciales que destaca el fallo apelado, pueden autorizar a prescindir de los recaudos institucionales exigidos por la jurisprudencia de esta Corte para la admisión de la acción especial y sumaria intentada (doctrina de Fallos; 249:221 , 670 y- otros). .
Por ello, se revoca la. sentencia apelada. - - BENJAMÍN VinLecas BASAVILBaso — - ARISTÓBULO D. ArÁoz DE LAMADRID E. —: Junto. OYHANARTE — Penso o ABERASTURY (según su voto) — Ricarno CoLomBres — EsTEBAN - - "Imaz. o
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Año: 1962, CSJN Fallos: 252:254
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