tos de ese origen que se consignan en autos revelan el desarrollo alcanzado, así como la difusión de los mi en los principales mercados mundiales. Según una publicación reciente, existen en ese país 1.600 establecimientos que reciben y dan tratamiento adecuado al 90 de toda la leche producida por las granjas danesas, la que es destinada a la producción de manteca, queso y sus derivados. En todo el país existen 208.000 fineas rústicas, de las enules_ 180.000 pertenecen a la industria lechera (Trozos de la Vida Danesa, pup_—— del Ministerio de Asuntos Exteriores, Copenhague, 1953), La misma prueba producida en autos demuestra, también, la importancia de la producción de carne porcina, conservas y huevos, y el hecho de que, tanto estos productos como los de origen lácteo que son exportados de Dinamarea, llevan la marca °' Danish" (Danés) o su tradueción al idioma del país a que son destinados.
En razón de lo expuesto, y teniendo en cuenta que, a su vez, A República Artie . una aión predeiora TA exrtad en gran escala de los mismos netos; se a — que la utilización como marea de la expresión "La Danes pueda traer confusión entre los consumidores, no sólo por referirse a un país en que la industria lechera, particularmente, ocupa un Iugar preponderante sino también porque puede existir concurrencia de los mismos productos en los mercados mundiales bajo un signo marcario semejante, siendo de orígenes distintos, Por estas consideraciones, Fallo: Rechazando la demanda instaurada por Flandes $. R. Tu. contra el Ministerio de Agrienltura de Dinamarea sobre oposición al registro de la marca "La Danesa"; con costas. — Adolfo R, Gabrielli,
SENTENCIA DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO
Civil, ComEnciar Y PENAL Esrecia. Y Ex Lo
CONTENCIOSDADMINISTRATIVO.
Buenos Aires, 7 de marzo de 1956, Vistos estos autos promovidos por Flandes S. Te. L. eontra Ministerio de Agricultura del Gobierno de Dinamarea, a hn de que se declare infundada la oposición al registro de la mares "La Danesa", neta ny 388.577, para conocer del recurso concedido a fs. 90 vta, interpuesto contra ln sentencia de fe. 87,89, el Sr, juez doetor Franciseo Javier Vorcos, dijo:
1. La parte netora Pidió registro de la marea °°La Da
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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:757
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