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Fallos: 237:500 de la CSJN Argentina - Año: 1957

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liar a golpear la puerta de entrada y u la detención de los dos ocupantes.

Que el mismo día a las 2? y 30 horas, el Señor Juez tomó declaración indagutoria a Mardonez, el cual confesó ser el autor de la muerte de Kotsis, inclusive de haberse apropiado de unos doscientos pesos que encontró en el enjón de uno de los mostradores y de dos 0 tres pesos existentes en el de otro (fs. 217 vta,/?14); confesión que amplía al día siguiente (fs. 219 vta.) en que se realiza la reconstrucción del hecho (fs, 220 via./ 223), rectificándose luego en un careo de su afirmación de haber enterado a Aurelio Benavidez del delito que había cometido (fs. 231 vta./232) y ratificando el 23 de mayo en lo demás sus anteriores declaraciones (fs.

265,266).

Que el Agente Fiscal acusó a Mardonez como autor —de los delitos de homicidio calificado y hurto y pidió la condena a prisión perpetua (fs. 276) y el defensor impugnó aquella enlifieación legal solicitando se reconociera la existencia de homicidio simple y hurto (fs.

279).

Que el Señor Juez consideró que la única prueba contra el imputado eran sus manifestaciones y les desconoció valor probatorio como confesión, por las singrulares cireunstancias preeedentemente reseñadas en que había sido obtenida y luego de extensas consideraciones resolvió la absolución de Mardonez (fs, 287/7291).

Que interpuesto recurso de apelación por el Agente Fiseal y proveido en la Cámara que se expresaran auravios (fs. 293), el Señor Fiscal se expidió adhiriéndose a los fundamentos de la sentencia de primera instancia y pidió "que la misma sea confirmada en todas sus partes" (fs. 294), pero la Cámara condenó al aeusado a prisión perpetua (fs. 299/305).

Que traído por la defensa un recurso extraordinario fundado en que la reformatio in pejus en que habría

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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:500 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-237/pagina-500

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