Expediente 3164 de la Cámara Regional Paritaria de Trenque Lauquen a) por este expediente inicia la S. A. Marré el juicio de formalización de contrato de arrendamiento xi que me he referido. lio funda en:
1" pasividad jurídica de Arduino para ejercer los derechos emergentes de la sentencia que hizo lugar a la excepción a la prórroga legal, y que derivaría de no haber retirado los testimonios correspondientes para efectivizar la mencionada sentencia ; 2 aceptación del pago de los arrendamientos por el tiempo en que Estancias Marré ha continuado ocupando el enmpo después de la fecha en que debió devolverlo.
b) la Cámara Paritaria rechaza la aceión teniendo en cuenta Jas constancias de los expedientes 1408 y 2046; la circunstancia de que se ha iniciado juicio por ejeeución de sentencia ante la justicia provincial ; los telegramas enviados al aceptar los pagos de los que resulta el propósito del propietario de recuperar el campo; y señala que la mira principal perseguida con la acción es la de diferir el cumplimiento de la sentencia que ordena desocupar el predio (fs. 30). Esta decisión es confirmada en la alzada (fs. 55/56) destacándose que la ncción instaurada no tiene otro fin que dilatar el cumplimiento de dos sentencias anteriores dictadas contra el actor; €) contra este pronunciamiento se intenta el recurso extraordinario que se concede a fs, 89/90, determinando en consecuencia la elevación de las actuaciones a la Suprema Corte.
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Año: 1956, CSJN Fallos: 236:52
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-236/pagina-52
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