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Fallos: 234:397 de la CSJN Argentina - Año: 1956

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FERNANDO REDAL v, S. A. Com, £ Inv. JAMES Co. LrrD.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia.

Intervención de la Corte Suprema, No hay eunestión de competencia que deba ser dirimida por la Corte Suprema ni efectiva privación de justicia que autorice su intervención si, declarada por la Justicia del trabajo, previo debate y amplia prueba de las partes, la incompetencia alegada por la demandada sobre la base de que no había mediado el contrato de trabajo en que se fundaba la demanda sobre cobro de sueldos e indemnización por despido, intenta el aetor renovar dicha euestión ante la justicia comercial, cuya incompetencia pos-' tula y obtiene que se deelare, fundando su demanda en la misma relación jurídica enya inexistencia fué unteriormente establecida.

DICTAMEN DEL Procuranor GENEran Suprema Corte: :

De estos actuados se desprende que Fernando Redal inició juicio contra la firma James y Cía. S. A .por cobro de retribución e indemnización por despido ante la justicia nacional del trabujo de esta Capital, y que con motivo de haberse declarado ésta incompetente en sus dos instancias el actor promovió idéntico juicio ante la justicia nacional en lo comercial de la misma jurisdicción, Por su parte esta última se declaró igualmente incompetente, por pronunciamiento recaído en primera instancia, siendo entonces a raíz de tal resolución que se elevan los autos a V, E, por estimarse que se está frente a un caso de denegación de justicia.

No procede a mi juicio la intervención de V. E, pues el art. 24, ine. 8", ?° parte, de Mr 13.998 sólo la autoriza en los casos en que ella sea indispensable para evitar una efectiva privación de justicia, y on el presente supuesto no se ha configurado tal situación. En efecto: la resolución de fs. 4 vta., por la cual el juez

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Año: 1956, CSJN Fallos: 234:397 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-234/pagina-397

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