Y considerando: que no habiendo inte:venido la parte de — Yunez en la cesion 6 dacion en pago del mismo crédito, su ap— derado Don Gregorio Conde tiene personería en virtud del — poder especial, á que se refiere el certificado de foja quince, para tomar parte en esto asunto y deducir las acciones que le Por estos motivos, se revoca el auto apelado de foja diesiseis, — y satisfechas las costas de la instancis y repuesto el papel, — devuélvanse, É 4. D. GONOSTIAGA.—3. DOMINGUEZ. — Hi O. LEGUIZAMON. — ULADISDAO FRIAS.
É —S. M. LASPIUR.
— met —
CAUSA CXXIV
| Los herederos de Doña Rufina Herrero de Hamirez contra Don José Mastai y su esposa, sobre reivindicación, Incidente sobre desembargo.
Sumario. —4° Un embargo trabado por Juez incompetente es insubsistente desde que queda ejecutoriada la sentencia de | incompetencia.
h ke
Compartir
72Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1881, CSJN Fallos: 23:552
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-23/pagina-552¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 23 en el número: 552 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
