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Fallos: 225:32 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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y Comercial de la Capital Federal, debiendo llevar aquellos juzgados los números 3 y 4, nte; Que el art. 4" de la misma . establece que este Tribunal asignará a cada uno de estos juzgados, números 3 y 4, una Seeretaría con sus empleados, de los actuales Juzgados Nacionales en lo Civil y Comercial Especial números 5 y 6 y una Secretaría con su dotación de personal de las ereadas por la ley de Presupuesto del año 1948 (arts, 4? y 79, ley 13.278) ; Que a los efectos de obtener el inmediato y completo funcionamiento de los aludidos Juzgados, corresponde dar cumplimiento al art. 4° de la ley 14.180 en cuanto depende de esta Corte Suprema y solicitar del Poder Rie de la Nación dae Medida en acentes pare la qrevi ón de los muebles y útiles necesarios a la instalación de las dos nuevas Secretarías.

Resolvierón : ai 1) La Secretaría desempeñada por el doctor Felipe Erlich Prat perteneciente al Juzgado Nacional de Primera Tnstancia en lo Civil y Comercial Especial de la Capital Federal enyo titular es el Dr. Gabriel Edmundo Bajardi, pasará con todo su personal, muebles y útiles necesarios a formar parte del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N' 3 de la Capital Federal a cargo del Sr, Juez Dr, Adolfo R. Gabrielli.

2) La Secretaría desempeñada por el Dr, Felipe Cortés Funes, potente al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Especial de la Capital Federal, euyo titular es el Dr. José C. Sartorio, pasará con todo si personal, muebles y útiles necesarios a formar parte del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Especial número 4 de la Capital Federal a cargo del Sr. Juez Dr, Juan Carlos Ojam Gache, 3) Atribúyese a eada uno de los Juzgados determinados por la misma ley 14.180 una Seeretaría de las que fueron ereadas para los Juzgados Nacionales de Primera Instaneia en lo Contenciosoadministrativo números 3 y 4 de la Capital Federal por el art. 6" de la ley 13.278 con la correspondiente dotación de personal.

4) Las causas en trámite seguirán hasta su terminación en los Juzgados donde estén radicadas en el momento de entrar en vigencia la ley 14.180, 5) Remítase copia de esta Acordada al Señor Ministro de Justicia de la Nación solicitando la adopeión de las medidas necesarias para proveer de muebles y útiles a las nuevas Secre

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Año: 1953, CSJN Fallos: 225:32 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-225/pagina-32

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