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Fallos: 225:30 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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3 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA

AHORRO POSTAL
En Buenos Aires, a los veintisiete días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y dos, reunidos en su Sala de Acuerdos el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación doctor D. Rodolfo G. Valenzuela, y los señores Ministros doctores D. Tomás D, Casares, D. Felipe Santiago Pérez, D, Atilio Pessagno y D, Luis K, Longhi con la asistencia del señor Procurador General de la Nación doctor D. Carlos Gobriel Delfino, Considerando :

1) Que por nota N° 455 del 6 de agosto ppdo., la Caja Nueional de Ahorro Postal, solicita se considere la posibilidad de habilitar Agencias especiales colectoras de depúsitos en las dependencias del Palacio de Justicia, 27) Que, asimismo, por la citada nota, se solicita "a los efectos de dar mayor impulso y eficacin a tan importante aeción social" la aplicación del decreto del P. E, N" 16.312/44, que autoriza descuentos voluntarios sobre sueldos y salarios con fines de ahorro, : , 3") Que la iniciativa repuesta, al difundir los hábitos de la previsión, en beneficio directo de los agentes del Poder Judicial, integra los fundamentos del Plan Económico de 1952 al cual se adhiriera oportunamente esta Corte Suprema por Acordada del 17 de julio del corriente año, 4") Que, además, la medida sugerida es de indudable efícacia para lograr las finalidades del citado Plan Económico en su relación con el ahorro y la previsión popular, llevando en la realidad que la anima, la mejor garantía de éxito, Resolvieron :

1°) Autorizar la habilitación de una agencia especial colectora de depósitos de ahorros, con sede en la Prosecretaría Administrativa del Tribunal, 2) Autorizar igualmente, y de acuerdo a lo establecido en el desa o te E a dem o mente por pl a realizar por el personal, previa manifestación expresa y por el monto que (individualmente) determinen, 9) Invitar al Personal del Tribunal a prestar su eolaboración en el cumplimiento del Plan Económico elaborado por el Superior Gobierno de la Nación, autorizando voluntaria

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Año: 1953, CSJN Fallos: 225:30 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-225/pagina-30

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