Dichos peritos aparte de basar sus conelusiones en cálculos técnicos, tuvieron especialmente en cuenta los valores resultantes de ventas de terrenos y propiedades que determinan dentro de una zona próxima al inmueble en cuestión, vinculándolas a la úpoca en que se produjo el demprenio y la ubicación, orientación, características y medidas terreno, siendo de advertir además que el perito de la actora, en planilla que acompaña a fs. 100, incluye los valores fijados en juicios de expropiación, Por su parte el Tribmal de Tasaciones, teniendo en cuenta igualmente esos factores, por el voto de la mayoría de sus miembros avalúa la unidad métrica del terreno en la suma de $ 1.190,26 m/n. (conf. actuaciones N° 220.510/949 agregadas por cuerda separada), Pues bien, con sujeción a todos los factores referidos precedentemente y las apreciaciones formuladas para llegar a las estimaciones aludidas, advirtiendo que en cuanto a los e nunciamientos de las Exemas, Cámaras Civiles que se detallan en la planilla de fs. 100 ellos en su mayoría, se han efectuado en los años 1946 y 1947, o antes, que por referirse en la oportunidad de la toma de posesión del inmueble, indudablemente esos precios corresponden a un tiempo anterior al de dichos pronunciamientos; precios todos ellos que en relación a la oportunidad en que la actora tomó peón del inmueble expropiado en autos (11 de junio de 1948 —fs, 11—) resultan bajos atendiendo a la forma acentuada que, como es público y notorio, se ha producido en la valorización de la propiedad raíz en los últimos años; por todo ello estimo justo fijar en $ 1.425 el metro enadrado del terreno expropindo.
En consecuencia, como el terreno arroja una superficie de 427,80 m?. (von, fa, 68, 73 vta. y 103 vta.; y 21 del expte, ugregado por enerda separada) resulta ser por lo tanto de un valor de 4 353.195 m/n, Que en cuanto al edificio, teniendo en cuenta sus comdiciones generales, estado de conservación y enructerístiens de construcción, a que se haee referencia en los informes periciales aludidos y que el perito tereero Ing, Milla a fe, 79 vta, detolla con toda precisión ; la superficie eubierta de 1,150,80 m3, (conf, fu. 78 via, y 111 vta) juzgo squitaliva el de 4 250 y $ 195 por metro cubierto de la auperficio elevada y del ótano rex pectivo que establece el perito Milló, que en_poco difiere de la Aprecio del Tribunal de Tauciones (+ 260,48 y 190 respos tivamente — fx, 29 expe. ell), por lo que dado que la super Pele enbierta de la parte elovada ex de $ 1,000 0". y del sftano
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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:1200
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