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Fallos: 217:76 de la CSJN Argentina - Año: 1950

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MARCIAL HIPOLITO LEVIA v. ADMINISTRACION

GENERAL DE LOS FF. CC. DEL ESTADO
DAÑOS Y PERJUICIOS: Caso fortuito.

El caso fortuito invocado como defensa eximente de responsabilidad y excepción de culpabilidad de la empresa en un accidente debe ser interpretado restrictivamente, DAÑOS Y PERJUICIOS: Caso fortuito.

Probado que el lugar en que ocurrió el descarrilamiento ferroviario causante de la muerte de los animales del actor, no fué debidamente inspeccionado ni vigilado por la empresa demandada y que si lo hubiera sido se habría evitado el siniestro, el hecho no puede calificarse de caso fortuito.

DAÑOS Y PERJUICIOS: Culpa. Contractual, Probada la responsabilidad de la empresa demandada en el descarrilamiento que ocasionó la muerte de varios animales del actor, y demostrado que el respectivo contrato de transporte no fué cumplido por aquélla, al no entregarlos al destinatario, corresponde condenarla a pagar su valor inclusive el de varios animales que la empresa sostiene haberse salvado del accidente, respecto de los cuales no se demostró que fueran los embarcados ni que hubieran sido entregados oportunamente en el lugar de destino.

COSTAS: Naturaleza del juicio, Daños y perjuicios, Corresponde imponer el pago de las costas del juicio sobre indemnización de daños y perjuicios ocasionados al actor por un descarrilamiento ferroviario, a la empresa ferroviaria que opuso una negativa absoluta a la acción deducida, aun cuando el resarcimiento haya sido fijado :

en una suma inferior a la reclamada.

INTERESES: Relación jurídica entre las partes, Actos ilícitos.

Procede imponer el pago de intereses a la empresa condenada,a pagar la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados al actor como consecuencia de un descarrilamiento ferroviario del que es responsable,

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Año: 1950, CSJN Fallos: 217:76 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-217/pagina-76

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