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Fallos: 213:142 de la CSJN Argentina - Año: 1949

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3 — ñ 102 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA permanencia en aquellos locales se había hecho insoportable.

Si -se consideran además las deficiencias e insuficiencias que padecen las oficinas instaladas en el propio Palacio y que el Presidente de esta Corte puntualizó en la comunicación hecha al P. E. el 26 de noviembre de 1947, de la cual se agrega copia como apéndice de esta memoria (), se comprende la urgente necesidad de encarar una inmediata solución orgánica de este problema, abierta además a las necesidades futuras para que la situación actual no se reproduzca del mismo modo a breve plazo.

Parece, pues, razonable encarar un plan de construcciones judiciales que instale independientemente y con posibilidades de ampliación previstas en las estructuras arquitectónicas respectivas, por una parte el fuero civil y comercial, lo que es actualmente justicia federal de esos mismos fueros y la justicia de paz, que tiene competencia en la misma materia, en otra el fuero criminal y en una tercera el fuero del trabajo. El actual Palacio de Justicia sería exclusivamente destinado a los Tribunales de Apelación de todos los fueros y a aquellas dependencias judiciales que sean comunes a todos ellos.

Todo intento de solución parcial que se desentienda de la totalidad del problema será insatisfactorio y creará a poco andar nuevos problemas.

Estaría fuera de lugar en esta memoria entrar en los detalles de lo que se ha dispuesto en los edificios colocados bajo la policía de esta Corte, para lograr una más orgánica distribución de las dependencias judiciales. Se hace mención de ello por separado en uno de los apéndices (?).

a) Ver pbe. 108.

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Año: 1949, CSJN Fallos: 213:142 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-213/pagina-142

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