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Fallos: 210:237 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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conveniente para el mejor manejo de la oficina, Los índices se redactarán en forma duplicada al recibirse los expedientes, remitiéndose la copia firmada por el jefe del Archivo, a las secretarías respectivas donde quedarán como constancia de recibo.

Los documentos y protocolos no comprendidos en el fichero general, serán archivados en lugar separado.

Au 128) Los expedientes, documentos y protocolos y podrán ser consultados en el Archivo deny documentos. tro del horario que fije el Presidente de la Corte Suprema.

Salida de 129) Los expedientes, protocolos y documentos protocolos ° sólo saldrán de la oficina en virtud de y documentos, orden escrita de los tribunales de la Capital Federal o de uno de los secretarios de la Corte Suprema de Justicia. Cuando su devolución no se efectúe pasado el término de seis meses a contar desde la fecha de la entrega, el jefe del Archivo requerirá su devolución o la justificación de la demora, dando: aviso en su defecto a la Corte Suprema. Los protocolos de los es- " cribanos no saldrán del archivo sino en los casos de fuerza mayor.

Testimonios. 130) El archivero expedirá, mediante orden escrita de los tribunales de la Capital Federal, testimonio de las actuaciones que se le indicaren, limitándose a dar fe de las constancias existentes en expedientes, protocolos o documentos sin emitir juicio o apreciación al respecto.

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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:237 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-210/pagina-237

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