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Fallos: 210:1079 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

El Procurador General, por la representación que me corresponde en los autos caratulados: "Uttinger Ernestina Paz de contra Gobierno de la Nación sobre pensión", ejercitando la facultad conferida por el art. 8 de la ley 4.055, a V. E. digo:

La sentencia apelada obrante a fs. 64, rechazó la demanda instaurada contra el Fisco, e hizo lugar a la reconvención deducida por éste, aceptando las defensas y razones hechas valer en la causa por el Ministerio Fiscal.

Doy, pues, por reproducidas dichas alegaciones, entre ellas la de prescripción, y en su mérito solicito a V. E. confirme el fallo recurrido en todas sus partes e imponga las costas de la instancia a la contraparte. — Buenos Aires, octubre 23 de 1947. — Carlos G. Delfino.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 17 de mayo de 1948.

Y Vistos: los autos "Uttinger Ernestina Paz de v.

Gobierno de la Nación, sobre pensión", venidos de la Cámara Federal de la Capital por vía de recurso ordinario de apelación, y Considerando:

Que esta Corte Suprema ha dejado establecido que para que un decreto del P. E. produzca el efecto de la cosa juzgada en el orden administrativo, se requiere que

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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:1079 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-210/pagina-1079

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