. DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 173 N .
1 - asimismo los documentos solicitados en el escrito en - que acompaña el poder. Téngase por constituído su domicilio legal y hágasele saber los días de notificacio . nes en Secretaría. 2") Ordenar la agregación del meto morial- presentado por la actora, declarando cerrada la audiencia del art. 333 de la ley 50. 3") Imponer las costas del artículo a la demandada, a la -que se le devolverá además el cuestionario de pericia acompañado.
- _ ANTONIO SAGARNA — B. A. Nazar ANCHORENA — F. RAMos Mesía — T. D. Casares.
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ERNANI LUIS CASTELLINI v. DIRECCION GENERAL
DEL IMPUESTO A LOS REDITOS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes fe , derales.
Procede el recurso extraordinario fundado por el Proc.
Tiscal en el carácter interruptivo de la prescripción que atribuye a las infracciones previstas por el art. 16 de la ley 11.683 (t. 0.) en virtud de su carácter penal y de lo establecido por el art. 67 del Cód. Penal contra la sentencia que les niega dicho carácter y declara prescripta la acción. . MULTAS. N .
Las multas establecidas por el art. 16 de la ley 11.683 .
t. 0.), tienen carácter penal.
FALTAS Y CONTRAVENCIONES. .
- La distinción entre delitos y contravenciones o faltas no — tiene una base cierta que pueda fundarse en la distinta naturaleza jurídica de cada orden de infracciones para establecer un criterio seguro que permita distinguirlos.
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Año: 1946, CSJN Fallos: 205:173
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