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Fallos: 201:454 de la CSJN Argentina - Año: 1945

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bien en el juicio que sobre expropiación indirecta de la tierra que está aquí en cuestión promovido por Bianchi contra la Prov. de Bs. Aires esta Corte se declaró incompetente porque el actor se había allanado a la jurisdicción administrativa y producido con ello prórroga de jurisdicción, con posterioridad —el 25 de agosto de 1942— la Provincia resolvió promover juicio de expropiación (fs. 62 del expte. adm.), lo cual, agregado a que Bianchi no hiciera cuestión de competencia en estos autos, importa un desistimiento por ambas partes del procedimiento administrativo, que coloca a la actora en libertad de reeuzrir a la jurisdicción originaria de esta Corte que constitucionalmente le corresponde, Que el demandado se allanó a la expropiación, limitándose a cuestionar el precio ofrecido y a reclamar el pago de los daños y perjuicios causados por el desapoderamiento y que, según él, consisten en el valor de un alambrado que fué objeto de renovación con motivo de la ocupación de la tierra por parte del gobierno provincial y en el importe que sería preciso invertir para un rellenamiento con el cual se pusiese el terreno al nivel de la calle habilitada en el espacio objeto de la expropiación.

Que sobre la extensión de lo expropiado y su valor se expiden de común acuerdo los peritos propuestos por ambas partes y designados por el Tribunal a fs. 15.

Sus conclusiones tienen en el dictamen fundamentos satisfactorios y suficientes. Según las constancias relativas a compraventas y expropiaciones en lugares de la zona próximos a lo expropiado, antecedentes cuya exactitud no ha objetado ninguna de las partes, puede considerarse equitativo el valor que a la unidad métrica asignan los peritos, Hay, sin embargo, una característica de lo expropiado de la que no se hace m"rito

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Año: 1945, CSJN Fallos: 201:454 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-201/pagina-454

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