Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 201:355 de la CSJN Argentina - Año: 1945

Anterior ... | Siguiente ...

rables sin esfuerzo a las que V. E. contempló en los fallos aludidos, particularmente el primero.

Atenta esa jurisprudencia, y dentro de las dudas a que el caso se preste como consecuencia de lo resuelto por V. E. en 147:45 , me inclino a pensar que la contienda jurisdiccional debe resolverse a favor de la justicia ordinaria. — Bs. Aires, marzo 23 de 1945. — Juan Alvarez.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 16 de abril de 1945.

Autos y vistos: La cuestión de competencia trabada entre el Sr. Juez de Instrucción en lo Criminal de la Capital, a cargo del Juzgado n? 4, y el Sr, Juez de Instrucción Militar para conocer en el juicio criminal seguido a Juan José González, por homicidio y hurto.

Considerando:

Que el hecho más grave que motiva el proceso, según resulta de los autos en el estado actual de la investigación, es el siguiente: el 6 de noviembre de 1944, por la mañana, en un departamento de la casa calle Anchorena 1451, el procesado Juan José González, que prestaba servicio como conseripto en el ejército, dió muerte, hiriéndolo de dos balazos, al teniente 1" Eugenio Pascual Barrancos, a quien servía en la casa como asistente a pesar de serlo del capitán Ernesto Roberto Salcedo, pues la víctima no tenía derecho a tal servicio en su domicilio, según declara este último a fs, 131 del sumario. Lo que sucedía sin conocimiento de la superioridad según resulta del informe de fs. 29 del incidente sobre inhibitoria.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

86

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1945, CSJN Fallos: 201:355 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-201/pagina-355

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 201 en el número: 355 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos