CAUSA XII
D. Pedro Durand contra la Municipalidad de la ciudad de Buenos Aires, sobre cumplimiento de un contrato. Incidente sobre litispendencia.
Sumario. — Cuando en un nuevo juicio las partes son diferentes de las que jestionan en otro, no puede alegarse litispendencia.
Caso. — D. Pedro Durand, estrangero, se presentó ante el Juzgado de Seccion esponiendo: que en el año 1875 D. José Palle arrendaba á la Empresa del Mercado del Centro el puesto N" 193, el que transferido al esponente por la suma de 10,000 $ m/c. la empresa lo reconoció como locatario y celebró con él el contrato que acompaña.
Que posteriormente, y siempre de acuerdo con la empresa, alquiló el puesto á D. Santiago Torrilla.
Que fallado el pleito que la Municipalidad seguia con la empresa sobre nulidad del contrato, la Corporacion habia, tomado parte en la Administracion del mercado, y habia declarado que no reconocia al esponente como arrendatario de dicho puesto, ordenando á Torrilla que no le pagase el alquiler.
Compartir
93Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1878, CSJN Fallos: 20:39
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-20/pagina-39¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 20 en el número: 39 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
