CAUSA LI.
Criminal, contra Adolfo Renodier y Damian Gomez, por hurto cometido en una dependencia de la Aduana.
Sumario.—El hurto cometido en una dependencia de la Aduana, pero no por empleados debe ser castigado segun las leyes generales.
Caso.—El caso se halla espuesto en el siguiente :
Eallo del Juez Seccional.
Buenos Aires, Diciembre 5 de 1876.
Y vistos estos autos seguidos de oficio contra Adolfo Renadier, Damian Gomez y Gabriel de la Piedad (alias nacimiento) por hurto en ! tablado Norte de la Aduana de una pieza de género perteneciente á las mercaderías de la carga de D. Francisco Merlo, de los que resulta que denunciado el hurto ante el Comisario de la 2" Seccion por el propietario de la mercadería indicó á los procesados como los autores, fundado en el aviso que contiene el anónimo que corre á f. 10: que exigido por el
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Año: 1877, CSJN Fallos: 19:70
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