de foja quince, y satisfechas estas y repuestos los sellos, devuélvanse. .
JOSÉ BARROS PAZOS. —J. B. GOROSTIAGA.
J. DOMINGUEZ.—S. M. LASPIUR.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Mayo 8 de 1877.
Vistos: no siendo procedente el recurso de revision con arreglo ú lo dispuesto por el artículo doscientos cuarenta y uno de la ley Nacional de Procedimientos, no ha lugar á él, con costas, y repuestos los sellos y satisfechas aquellas, devuélvanse,
JOSÉ BARROS PAZOS.—J. B. GOROSTIACA.
—dJ. DOMINGUEZ. —S. M. LASPIUR.
E 1
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Año: 1877, CSJN Fallos: 19:69
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