S. A. COMERCIAL DE EXPORTACION E IMPORTACION
LOUIS DREYFUS Y Cía. v. NACION ARGENTINA
LEY DE SELLOS: Sellado aplicable.
El impuesto establecido en el art. 21 de la ley N° 11.290 sobre los boletos de compraventa de cambios, fué suprimido por la ley N" 17.284, de octubre 7 de 1933, y no antes.
ERROR.
PAGO: Pago indebido.
Atento la forma confusa en que se efectuó la derogación del impuesto establecido en el art. 21 de la ley N° 11.290, hasta el punto de haber suscitado dudas en la Administración, corresponde admitir que el actor ineurrió en error de derecho al efectuar los pagos cuya devolución reclama.
PAGO: Pago con protesta. Principios generales.
El requisito de la protesta no es exigible en los casos de pago por error (1).
ABDON FRANCIA v. NACION ARGENTINA
ACTOS ADMINISTRATIVOS,
COSA JUZGADA.
DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Derecho de propiedad.
El Poder Ejecutivo no puede válidamente dejar sin efecto un deereto anterior por el cual, previo los eorrespondientes trámites administrativos, se concedió al interesado la pensión establecida en la ley N" 11.295, sino que debe demandar judicialmente la nulidad de aquel decreto.
PENSIONES: Pensión militar, PRUEBA: Iustrumentos.
La circunstancia de que en los archivos de la Administración no figuren los servicios invoendos por quien pretende — 1) Fecha del fallo: febrero 16 de 1940, Ver Fallos: 180, 313.
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Año: 1940, CSJN Fallos: 186:42
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-186/pagina-42
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