menester que la imitación son exacta y completa debe reunir los earucteres necesarios que DE ser sorprerdida la fe pública y e auténtico, 2" No existe falsificación de moneda sino estafa, si los papeles utilizados como billetes son simples papeles rugosos y ajudos, coloreados en forma confusa, sin un sólo dibujo ni una sola leyenda, siendo suficiente una simple mirada para ver que no son moneda de papel.
No existiendo delito de falsificación de moneda sino de estafa, la justicia federal es incompetente para "entender en el respectivo proceso, Juicio. Ibarra Roque y otro s, falsificación y cireulación de hilletes.
Caso: Resulta de las piezas siguientes:
DICTAMEN DEL Procunanor GENERAL ! Suprema Corte:
Mantengo el. recurso deducido por el Fiscal de la Cámara Federal de La Plata, a fin de que V. E. pueda prominciarse aceren de si los papeles coloreados que obran a fe, 26 y 27 constituyen una falsificación de hilletes de banco o deben reputarse simplemente hevramientas utilizadas para cometer estafa. En la primera hipótesis, cue es la mantenida por el Ministerio Público, correspondería revocar la resolución apelada, en enanto deniega el fuero federal (fs. 60). Buenos Aires, marzo 2 de 1939, — Juan Alvarez,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, marzo 31 de 1939, Y Vistos: Considerando:
Que denegado el fuero federal por el auto apelado, el recurso extraordinario interpuesto es procedente.
Arts. 14 y 15, ley 48. Art. 6, ley 4055.
Que se imputa a los acusados haber abonado gastos y comprado mercaderías pagando con los papeles agre
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Año: 1939, CSJN Fallos: 183:245
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