— Etchart entabló accion ejecutiva contra Matti y Piera, y el Juez de Comercio dictó contra ellos el anto de solvendo y el mandamiento de embargo.
j Matti y Piera presentaron deelinatoria de jurisdiccion, Rs alegando que el caso correspondin ú la jurisdiccion nacioue nal, por tralarse de provisiones 4 un buque, E
AUTO DEL JUEZ DE COMERCIO.
gr huenos Aires, Noviembre 10 de 1875, Vistos: la declinatoria de jurisdiccion intentada por el ejeentado Matti y Piera, fundándose en que el orígen de la obligacion contenida en el documento de f. 1 proÉ viene de suministros hechos para un buque, por cuyn y caust este asunto corresponde al conocimiento de la jusÉ Licia feleral, seyun lo dispuesto en el artículo 2 de la ley É de 14 de Setiembre de 1863. —Y considerando:
h 1° Que por el artienlo 7 del Código de Comercio, in1 ciso 3 este asunto es de caráctor comercial.
Que tratándose de letras de cambio como es el documento de f. 1, nada importa el contrato que les haya dado + origen, artículo 775 del Código, pues lu jurisdiccion especial y legislacion propia de estos documentos, es indupondiente sel origen que ellos tengan.
P Que el ejecutado al aceptar la letra de f. E no ha hecho contrato alguno marítimo.
i Por esto no ha lugar con costas d la declinatorin " solicibula por el ejeentado, y sigasele ejecucion segun su estado, J. €. Lagos.
Matuú y Piera apelaron anto la Cámara de apelaciones
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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:442
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