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Fallos: 165:390 de la CSJN Argentina - Año: 1933

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por Doña Luiso Zunico de Diaz contra la Caja Nacional de JubilacioE, mes y Pensiones Bancarias, sobre indemnización del arífeu lo 52. ley 11.575.

Sumario: Para que proceda en un caso, el beneficio establ:cido , e por el artículo 52 de la ley N" 11.575, no es indispensable que el empleado bancario fallezca en el ejercicio de su cargo, del que se había retirado por invalidez con anterioridad, ya que dicha circunstancia, siendo una causa ajena a su voLE luntad y conducta, se halla comprendida entre las cnumeradas en el articulo 57 para obtener aquel beneficio, Caso: Lo explican las piezas siguientes:

RESOLUCION DE LA CAJA BANCARIA Acta N" 320-27-10-931. Beneficio, art. 52. Denegado. — Visto el expediente 1944/931 en el cual la señora Luisa Zúnico de Diaz, viuda del ex-emplendo del Banco Internacional del Río de la Plata, don Sehastián Diaz. solicita el beneficio establecido por el artículo 52 de la ley 11.575, y atento a lo acuns:jado por —.

la Comisión, el Directorio resuelve no hacer lugar al beneficio solicitado porque el causante no falleció en el servicio bancario, requisito indispensable para que proceda dicho beneficio. (Acta e N" 314 y fallo de la Corte Suprema de Justicia, caso Esther Rodriguez). — F. A. Barroctaveña,
SENTENCIA DE LA CAMARA FEDERAL DE APELACIÓN
Buenos Aires, Febrero 17 de 193.

Considerando:

: La Corte Suprema en el caso de Esther Rodriguez contra la Caja Bancaria, fallado en 31 de Agosto de 1931, al confirmar E la sentencia de este tribunal, estableció que el beneficio previsto e pu

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Año: 1933, CSJN Fallos: 165:390 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-165/pagina-390

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