Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 163:312 de la CSJN Argentina - Año: 1932

Anterior ... | Siguiente ...



VISTA FISCAL
Señor Juee:

De las digencias producidas y que constar cti atitos, resalta U.S. comperente para entender en el juicio sucesorio del extinto Isaac Pintos.

Corresponde, en consecuencia, proveer de conformidad a la petición «ue antrecde Carlos HI, Poma.

Desp. Octubre % de 1930.


AUTO DEL. JUEZ LETRADO
Formosa, Octubre 15 de 19:30 Y Vistos:

Para resolver la cuestión de competencia entablada por el De. Emesto Velasquez, en representación de Rogetia González.

madre natural de la menor Juas Pintos, de dos que resulta :

Que a fs S el Dr. Velasquez inició la cuestión de competen cía por inhibitoria, por haberse iniciado el juicio sucesorio de base Pintos en la Capital Federal, ante el Juzgado de Primer Instancia en lo Civil a cargo del Dr, Argentino Barnuuero, e interinamente a cargo del Dr. Mariano Grandoli, Secretaria de Dr Wturo G. González, siendo que es competente el Juzgado Letras de de este Territorio, por estar domiciliado en el kilómetro 303 de la Navegación del Kin Bermejo de Territorio de Forms. y pare demostrarlo, solicita que se reciba dectaración a los testigos «ue propone y =e requiera informes al señor Receptor de Rentas y Gerente del Hanco de Es Nación, Sucursal Formosa.

Que abierta a prueba a de. 12 via.. declaran los testigos Ka E Villafañe, Amador Ca'viño, José Machuf y Duilio Giacopeito.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

63

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1932, CSJN Fallos: 163:312 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-163/pagina-312

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 163 en el número: 312 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos