nalida:d de tal preseripción legal, sería entonces em el "sub ju diec" de indole doctrinaria o de carácter meramente abstracto Por tanto estimo que en el caso actual en que prácticamente < recurrente ha tenido amplitud de defensa, no ta en sentido negativo a esta cuestión. Tercera cuestión: En cuanto a la tercera enestión, el hecho de que los servicios a regularse hayan comenzado a prestor= antes de la vigencia de la ley de arancel, no lo substrae en 15 «o aguno a su aplicación e imperio, porque no esistiria mint derecho irrevocablemente adquirido antes de su vigencia. por lo cual y de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 4044 y 445 3el Código Civil, ln meva ley debe ser aplicada, atm cuando se ti vase a los particulares de derechos en espectativa 0 de fai tades que aún no se hubiesen ejercido o que no hubiesen pros ducido efecto alguno. Y en cuanto al hecho de haberse fijado los honorarios teniendo en cuenta el valor actual del inmectle y mo el que tuvo anteriormente, cabe observar que con elle e se viola la propiedad o las garantías constitucionales que la <> cudan, pues cua'esquiera que sen el criterio de interpretación al respecto y aún en el supuesto hipotético de que por ser equívos cado, se hubiere ocasionado un perjuicio al recurrente, ello =77 sería materia del recurso de apelación, ya ejercido ante la + mara y resuelto por ese Tribunal. Lo contrario conduciría + 5 conclusión inadmisible de que toda sentencia que afectara 507 error de interpretación legal el patrimonio de "os parientirss —< vio'atorio del art. 17 de la Constitución Nacional y a confió al propio tiempo el recurso de apelación con el de incomstituci » natidad, lo que tampoco puede aceptarse. Por tanto, vto en tido negativo a esta cuestión. A ln cuarta: Corresponde desestimar los recursos i7t—puestos, con custas. y
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Año: 1932, CSJN Fallos: 163:237
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