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Fallos: 155:5 de la CSJN Argentina - Año: 1929

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Jubilaciones y Pensiones de Empleados Ferroviarios, sobre indemnización.

Sumario: No les alcanza el beneficio acordado por el artículo-46 de la ley 10.650, a los herederos de un obrero que en la fecha de su muerte no formaba parte del personal ferroviario, habiendo dejado de pertenecer al mismo por su propia voluntad.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:


RESOLUCIÓN DE LA CAJA FERROVIARIA
Buenos Aires, Octubre 11 de 1928.

Vistas estas actuaciones por las que doña María Zolezzi de Thierry en su carácter de viuda del ex empleado ferroviario, don José Thierry, solicita la indemnización del art, 46 de la ley 10.650; y Considerando :

Que de las constancias de autos se comprueba que el causante a la fecha de su deceso ocurrido el 12 de Abril de 1926, no formaba parte del personal ferroviario, habiendo dejado de per

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Año: 1929, CSJN Fallos: 155:5 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-155/pagina-5

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