4.420, 04.428 y (yo.01, consignadas a Salomón KR. Fonnes, con costas, sin perjuicio y previo pago de los derechos fiscales — Ayustín Urdinarrain, — Marcelino Escalada. — B. A, Nazar Anchorna En disidencia: /2duardo Prayones, Tomás w. Cullen,
DISIDENCIA
Buenos Aires, Diciembre +1 de 1930.
Y vistos: Esta cata seguida a Salomón K. Founes, por infracción a las Ordenanzas de Aduana, y considerando:
1 Se imputa a Salomón KR. Fornes el delito de contrahando previsto en el art. 1035 de las Ordenanzas de Aduana, por haberse recibido en la Oficina de Correos de esta Capital, ap st Nombre y con la dirección "Poste Restante", tres paqueres de correspondencia — certificada, números 04.420, 04.428 Y total. prosedemes de Paris, transportados por los vapores "Deverara" y "Mai" cInformes de fs. 21 y parte de fs. 10 del expediente agregado Juni —v—Fornesy.
25 los des primeros poquetes fueron detenidos por el Vista J. E. Juni, el 18 de noviembre de 1915 y el último el 27 «el mismo, pasando los "partes preventivos", que corren a fs.
44 y 5 del citado expediente, 4 De la verifiezción efe.Luada el 7 de enero de 1916 És.
12 del Exp. agregado), resultó: el paquete N." €4.428 com quinientos noventa y cirzo gramos de alhajas: el número 64.420 con trescientos seterta y in graro y el N:" 0)5.091 con ento enarenta y dos gramos.
47 La resolución del administrador de Aduana de fs. 32 cesp. agregado ), que declaraba caida en comiso la mercadería, fue amada por el auto de fs. 218 que quedó firme por desistimiento Je partes Canto de fs. 239).
El Procurador Fiscal dedujo entonces la actiación de ds.
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Año: 1922, CSJN Fallos: 135:66
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