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Fallos: 124:436 de la CSJN Argentina - Año: 1916

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la substitución de la Nación por el Consejo como demandado en el caso dado que ni por razón de institución ni por la naturaleza y objeto de la acción, tiene personería legal el Consejo para semejante situación en Ya presente demanda.

Estas consideraciones concordantes en lo pertinente con lo establecido por V. E. en los fallos del tomo 99 pág. 309 y tomo 122 pág. 120 , me inducen a pedir la confirmación de la sentencia, en cuanto niega competencia a la justicia federal para conocer en el presente asunto, dada la manera en que ha sido iniciado.

Julio Botet.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Diciembre 19 de 1916.

Vistos:

Por sus fundamentos y lo resuelto en casos análogos, de conformidad con lo pedido por el señor Procurador General, se confirma el auto apelado de fojas 15. Notifíquese con el original y devuelvanse debiendo reponerse los sellos ante el juzgado de origen.

A. BERMEJO, — NICANOR G. DEL SoLar, — D. E. PALacio, —
J. FIGUEROA ALCORTA,
Procurador Fiscal, solicita la formación de un sumario para investigar la denuncia formulada por el empleado de Correos don Rodolfo Alvarado contra cl comisario don Guillermo Rivas, por abuso de autoridad.

Sumario: Cuando la competencia de un juez se discute por la vía declinatoria, no existe contienda de las que la Corte Suprema deba dirimir con arreglo a lo dispuesto por el art. 9 de la ley 4055.

LS

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Año: 1916, CSJN Fallos: 124:436 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-124/pagina-436

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