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Fallos: 123:5 de la CSJN Argentina - Año: 1916

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CAUSA IX
Don Juan Lorenzo Tessi, contra el Ferrocarril Argentino del Norte, por daños y Perjuicios; sobre competencia Sumario; No corresponde a la justicia federal el corocimiento de una demanda entablada contra un ferrocarril del Estado, por daños y perjuicios, derivados de hechos ilicitos y baanda en disposiciones de! código civil, y no en leyes especitdes "el congreso.

Caso: Lo explicaa las piezas siguientes:


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Córdoba, Diciembre 30 de 1914.

Autos y vistos: Los del juicio seguido por el docter Juan Lorenzo 'Tessi, contra el Ferrocarril Argentino del Norte, por daños y perjiricios, resulta:

Que en 13 de Marzo de 1013 se presentó cl apoderado del actor manifestando que su instituyente poseía en mancomún un inmueb'e situado en Capilla del Monte de esta Provincia en el que tiene edificadas tres casas de las que él ocnpa una con su familia en el verano, estando destinadas para renta las otras dos, Que en Marzo de 1912 la empresa demandada inició la construcción de una vía cuya apertura sc hacia empleando dinamita, la que ha producido desperfectos en los edificios, los ha desvalorizado y los ha hecho inhabitables desde el año pasado y el año en curso (1912 y 1913). :

Que las casas de la referencia han sufrido desperfectos en sus muros y en sus techos, y que la desvalorización de ellas provenía de la proximidad a la vía en que han quedado y de la

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Año: 1916, CSJN Fallos: 123:5 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-123/pagina-5

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