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Fallos: 109:5 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
CAUSA XXVI
Lacroze y Cía., contra don Federico Boilat; sobre devolución de dinero. Recurso extraordinario Sumario: 1. La interpretación de contratos celebrados y disposiciones legislativas dictadas para el gobierno y administración de la Capital, es de exclusiva ¿competencia de jos tribunales locales, sin recurso ante la Corte Suprema.

2.9 El pago de afirmado, exijido 4 una empresa de tranvía beneficiada con tal obra, reviste propiamente el carácter de retribución de servicios 6 de gastos para mejoras en una sección determinada de la República.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:


SENTENCIA DEL JUEZ DE LA CAPITAL
Vistos estos autos seguidos por los señores Lacroze Hnos., y Compañía, contra don Federico Biollat, sobre devolución de dinero, de los que resulta: Que 4 foja 1, se presentan los señores Lacroze Hermanos y Compañía, demandando 4 don Federico Boillat por devolución de la cantidad de 17.711 pesos 68 centavos moneda nacional que dicen le han pagado indebidamente en el juicio ejecutivo que ante el juzgado á cargo del doctor Ernesto Quesada les siguió el señor Boillat.

Funda su acción en la ejecución que les siguió en virtud de cuentas visadas por la intendencia municipal, por el afirmado

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Año: 1908, CSJN Fallos: 109:5 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-109/pagina-5

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