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Art. 41 .- - Si no se cumpliere con lo establecido en la primera parte del artículo anterior, o no compareciere quien haya sido debidamente citado, quedará automáticamente constituido el domicilio legal en los estrados del juzgado o tribunal, salvo el caso del segundo párrafo del art. 59. Allí se practicarán las notificaciones de los actos procesales que correspondan, en la forma y oportunidad determinadas por el art. 133.
Si no se denunciare el domicilio real, o su cambio, las resoluciones que deban notificarse en dicho domicilio
se notificaran en el lugar que se hubiese constituido y, en defecto también de este, se observará lo dispuesto en el párrafo anterior.
concordancias: CPN, art. 41; Cat., art. 41; Chaco, art. 41; Chubut, art. 41; Córd., art.144 Corr., art. 10o; ERíos, art. 38; Form., art. 41; Jujuy, arts. 53; LPampa, art. 43; LRioja, art. 28; Mis., art. 41; Neuq., art. 41; RNegro, art. 41; Salta, art. 41; SJuan, art. 40; SLuis, art. 41; SCruz, art. 41; SFe, art. 37; SdelEstero, art. 41; TdelFuego, art. 59; Tuc, art. 77.
§ 1. . Sanción al litigante que no constituye domicilio real. - La sanciones impuesta al justiciable en el párr. 1o, significa que en todas las instancias las resoluciones quedarán comunicadas por ministerio de la ley, los días martes y viernes o el siguiente hábil, si alguno de ellos fuere feriado.
§ 2. Consecuencias de la omisión de denunciar el domicilio real. Respecto del texto de la norma, cabe agregar que dicha omisión en el escrito de demanda autoriza la excepción de defecto legal en el modo de proponerla (art. 330).
Ver articulos: [ Art. 38 ] [ Art. 39 ] [ Art. 40 ] 41 [ Art. 42 ] [ Art. 43 ] [ Art. 44 ]
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 41 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
- Fallos: Tomo 338 - Página 509
- Fallos: Tomo 338 - Página 513
- Fallos: Tomo 339 - Página 853
- Fallos: Tomo 339 - Página 852
- Fallos: Tomo 338 - Página 512
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Libro I
- Disposiciones Generales
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TÍTULO II
- Partes
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Capítulo I
- Reglas Generales
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También puedes ver: Art.41 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ La Ley Bases que deroga las sanciones de la Ley de Empleo permite que el trabajador reclame su reparación integral
➥ Rechazaron ampliar la acusación fiscal admitiendo el recurso del imputado por abuso sexual
➥ Revocaron la decisión que reincorporaba al agente cesanteado por cometer actos de violencia sexual
➥ El máximo tribunal entrerriano dictó nueva sentencia en la causa que originó la Ley Micaela