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ARTICULO 2754 .- El deslinde judicial se hará por agrimensor, y la tramitación del juicio, será la que prescriban las leyes de procedimiento.
Nota:2754. Véase L. 2, tít. 4, lib. 3, Fuero Real L. 10, tít. 15, Part. 6ª.
Ver articulos: [ Art. 2751 ] [ Art. 2752 ] [ Art. 2753 ] 2754 [ Art. 2755 ] [ Art. 2756 ] [ Art. 2757 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2754 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO III
- DE LOS DERECHOS REALES
>>
TITULO VIII
- Del condominio
>>
CAPITULO IV
- Del condominio por confusión de límites
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También puedes ver: Art.2754 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual