- Codigo Civil y Comercial Argentina >>
- ARTICULO 2154:Concepto. El uso es el derecho real que consiste en usar y gozar de una cosa ajena, su parte material o indivisa, en la extensión y con los límite...
- ARTICULO 2155:Normas supletorias. Se aplican al uso las normas del Título VIII de este Libro, a excepción de las disposiciones particulares establecidas en el p...
- ARTICULO 2156:Limitaciones. El usuario no puede constituir derechos reales sobre la cosa.
I. RELACIÓN CON EL CÓDIGO CIVIL. FUENTES DEL NUEVO TEXTO - ARTICULO 2157:Ejecución por acreedores. Los frutos no pueden ser embargados por los acreedores cuando el uso de éstos se limita a las necesidades del usuario y su...