ARTICULO 547 Recursos del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


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    ARTICULO 547.-Recursos El recurso contra la sentencia que decreta la prestación de alimentos no tiene efecto suspensivo, ni el que recibe los alimentos puede ser obligado a prestar fianza o caución alguna de devolver lo recibido si la sentencia es revocada.

    1. introducción

    La sentencia que fija una cuota alimentaria, así­ como aquella que la rechaza, es revisable por ví­a de apelación. Lo relevante en el caso de los recursos planteados en contra de la sentencia de alimentos es la determinación de los efectos con que se conceden.
    En cuanto al recurso extraordinario, los supuestos de procedencia en materia de alimentos se encuentran muy limitados. Debe recordarse que esto es doctrina de la Corte Federal, como así­ también que solo son sentencias definitivas, a los efectos del recurso extraordinario, aquellas que ponen fin al pleito o causan un agravio de imposible o insuficiente reparación ulterior. La invocación de garantí­as constitucionales no excusa la falta de cumplimiento de ese requisito cuando los agravios pueden encontrar remedio en instancias posteriores. 57 Con frecuencia, la jurisprudencia federal ha considerado que los fallos que condenan el pago de alimentos no reúnen el requisito de la definitivi- dad. 58 Así­, ha sostenido que no se dirige contra una sentencia definitiva, o equiparable a tal, el recurso deducido contra la resolución que dispuso cautelarmente la reducción de la cuota alimentaria si no se justificó la imposibilidad de replantear las cuestiones propuestas. 59 No obstante, se han admitido algunas excepciones con sustento en la naturaleza prioritaria de la prestación alimentaria. Así­, se ha considerado definitiva la sentencia que priva del derecho de alimentos60 y se abrió la ví­a extraordinaria para analizar la procedencia de los mecanismos de actualización en materia alimentaria. 61

    Interpretacion COMENTADA al Art. 547 (con jurisprudencia)

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    LIBRO SEGUNDO
    - RELACIONES DE FAMILIA
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    TITULO IV
    - Parentesco
    >>
    CAPITULO 2
    - Deberes y derechos de los parientes
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    SECCION 1ª
    - Alimentos
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