- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 934.-Voluntad de novar La voluntad de novar es requisito esencial de la novación. En caso de duda, se presume que la nueva obligación contraída para cumplir la anterior no causa su extinción.
Introduccion COMENTADA al Art. 934 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 934 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 931 ] [ Art. 932 ] [ Art. 933 ] 934 [ Art. 935 ] [ Art. 936 ] [ Art. 937 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 934 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
>>
TITULO I
- Obligaciones en general
>>
CAPITULO 5
- Otros modos de extinción
>
SECCION 3ª
- Novación
>>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.934 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ La Ley Bases que deroga las sanciones de la Ley de Empleo permite que el trabajador reclame su reparación integral
➥ Rechazaron ampliar la acusación fiscal admitiendo el recurso del imputado por abuso sexual
➥ Revocaron la decisión que reincorporaba al agente cesanteado por cometer actos de violencia sexual
➥ El máximo tribunal entrerriano dictó nueva sentencia en la causa que originó la Ley Micaela